Servicio jurídico de extranjería en Cádiz

Servicios España

En el estudio de la Abogada Carmen Casquero Sánchez tenemos como principales áreas jurídicas de trabajo:

 

  • Obtención de visados.
  • Adquisición de la nacionalidad española.
  • Tramitación de permisos de trabajo.
  • Tramitación de permisos de residencia.
  • Regularización.
  • Reagrupación familiar.
  • Arraigo social y laboral.
  • Residentes comunitarios.
  • Matrimonios con extranjeros.
  • Permisos temporales por razón de estudios (tarjetas de estudiantes).
  • Cartas de invitación.
  • Recursos expedientes de expulsión.
  • Renovación de tarjetas.
  • Residencia para inversores.
  • Reconocimiento de Sentencias Extranjeras-Exequatur.
  • Tramitación de visados en Consulados extranjeros.
  • Traducción y legalización de documentos.
     

 

Servicios Estados Unidos

 

Visados E-2 (tratado entre España-USA) y L-1 (transferencia entre empresas).

 

Somos expecialistas en servicio jurídico de extranjería. Visítenos en Cádiz.

 

 

La hierba no es siempre más verde aquí: Entrada a los Estados Unidos bajo El programa de Exención de Visa (VWP)

 

Muchos países europeos forman parte del Programa de Exención de Visa. Los ciudadanos de estos países están autorizados para entrar a los Estados Unidos hasta un periodo máximo de 90 días sin visado con fines turísticos o de negocios. La definición de los propósitos de negocio es muy limitada y sólo incluye actividades tales como asistir a conferencias, seminarios y reuniones.

 

Por MarÍa Pilar Llusa - Carmen Casquero

Abogado de Inmigración Superior

info@abogadosextranjeriacadiz.es

El Programa de Exención de Visa no autoriza el trabajo en los Estados Unidos ya sea remunerado o no remunerado y no permite el estudio en general. Las consecuencias legales de no respetar las leyes de inmigración de Estados Unidos son graves y podrían poner en peligro la aprobación de visas futuras o simplemente podrían negar las futuras entradas a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visa.

 

Siempre es recomendable ponerse en contacto con un abogado de Inmigración con experiencia antes de decidir llevar a cabo cualquier actividad en los EE.UU. que no esté claramente incluida en el marco del programa de exención de visado. Hay muchos tipos diferentes de visados en los Estados Unidos y las leyes de Inmigración son complejas, así mismo la información publicada en las embajadas de Estados Unidos no siempre está actualizada o es clara.

 

Estados Unidos ha firmado tratados comerciales con muchos países europeos que permiten a sus ciudadanos abrir un negocio en los Estados Unidos y obtener una visa de trabajo (E-1 o E-2 visas). Estas visas permiten a los cónyuges e hijos dependientes menores de 21 años vivir legalmente en los Estados Unidos junto al principal beneficiario del visado. El cónyuge dependiente puede solicitar la autorización de trabajo y los niños pueden asistir legalmente las escuelas públicas y privadas. Estas visas requieren un poco de planificación por adelantado con abogados corporativos y de inmigración para asegurar que las visas sean aprobadas con éxito y en el menor tiempo posible. Por lo tanto una entrada bajo el programa de exención de visado para fines comerciales estaría permitida bajo la ley de inmigración americana si se utiliza con el propósito de reunirse con personal cualificado que pueda asesorar legalmente en los Estados Unidos sobre una estrategia futura de visa de trabajo, así como para analizar el mercado y los productos de los Estados Unidos antes de decidir la apertura de un negocio.

Abogada Carmen Casquero Sánchez abogado con documentos